México, Dic (Notimex).- Las comisiones de Administración Pública Local y de Fomento Económico de la ALDF aprobaron el dictamen que reforma a la Ley de Establecimientos Mercantiles para el Distrito Federal y que prohíbe las "barras libres".
El dictamen, que será sometido a consideración y votación del pleno este jueves, también fija un nuevo horario para el cierre de negocios que expendan bebidas embriagantes, el cual será hasta las 3:00 horas, suspendiendo la venta de alcohol a las 2:30 horas.
En ese punto, la asambleísta Carla Sánchez Armas se pronunció por ampliar el horario hasta las 04:00 horas e incluso dejarlo abierto, bajo el argumento que la restricción al horario representaba "un toque de queda simulado".
Sánchez Armas consideró que disminuir el tiempo de apertura de estos negocios no representa que los jóvenes no ingieran bebidas alcohólicas o se excedan en su consumo, además de que estos tienen derecho de divertirse sin que exista un horario para ello.
La presidenta de la Comisión de Administración Pública Local, Kenia López Rabadán, explicó que la restricción de horario a estos negocios prevé reducir el número de accidentes viales, pues estos son la principal causa de muerte entre jóvenes de 15 a 30 años.
Asimismo se establece la obligación de dichos establecimientos de garantizar accesibilidad de condones a sus clientes, los cuales podrán ser solicitados a la Secretaría de Salud.
La iniciativa establece que quienes incumplan esta disposición serán sancionados con multas que van de 25 a 125 días de salario mínimo vigente.
Los negocios que deberán acatar la reglamentación son cervecerías, pulquerías, bares, cantinas, discotecas, salones de baile, peñas y salas de cine con venta de bebidas.
La legislación también establece la expedición de dos tipos de licencias: la ordinaria que se otorgará a restaurantes, salones de fiestas, hoteles, cines, teatros y auditorios; y las especiales para establecimientos en que se consuman en su interior bebidas alcohólicas.
El articulado aprobado por las comisiones resalta la prohibición para que en baños públicos, masajes y gimnasios haya prestación de servicios, expedición de recetas y venta de productos efectuada por nutriólogos o naturistas que no cuenten con cédula profesional.
También estos lugares deberán abstenerse de expender bebidas alcohólicas en el interior, contar con cajas de seguridad en buen estado y contratar un seguro que garantice la custodia de los valores depositados en ella.
El dictamen, que será sometido a consideración y votación del pleno este jueves, también fija un nuevo horario para el cierre de negocios que expendan bebidas embriagantes, el cual será hasta las 3:00 horas, suspendiendo la venta de alcohol a las 2:30 horas.
En ese punto, la asambleísta Carla Sánchez Armas se pronunció por ampliar el horario hasta las 04:00 horas e incluso dejarlo abierto, bajo el argumento que la restricción al horario representaba "un toque de queda simulado".
Sánchez Armas consideró que disminuir el tiempo de apertura de estos negocios no representa que los jóvenes no ingieran bebidas alcohólicas o se excedan en su consumo, además de que estos tienen derecho de divertirse sin que exista un horario para ello.
La presidenta de la Comisión de Administración Pública Local, Kenia López Rabadán, explicó que la restricción de horario a estos negocios prevé reducir el número de accidentes viales, pues estos son la principal causa de muerte entre jóvenes de 15 a 30 años.
Asimismo se establece la obligación de dichos establecimientos de garantizar accesibilidad de condones a sus clientes, los cuales podrán ser solicitados a la Secretaría de Salud.
La iniciativa establece que quienes incumplan esta disposición serán sancionados con multas que van de 25 a 125 días de salario mínimo vigente.
Los negocios que deberán acatar la reglamentación son cervecerías, pulquerías, bares, cantinas, discotecas, salones de baile, peñas y salas de cine con venta de bebidas.
La legislación también establece la expedición de dos tipos de licencias: la ordinaria que se otorgará a restaurantes, salones de fiestas, hoteles, cines, teatros y auditorios; y las especiales para establecimientos en que se consuman en su interior bebidas alcohólicas.
El articulado aprobado por las comisiones resalta la prohibición para que en baños públicos, masajes y gimnasios haya prestación de servicios, expedición de recetas y venta de productos efectuada por nutriólogos o naturistas que no cuenten con cédula profesional.
También estos lugares deberán abstenerse de expender bebidas alcohólicas en el interior, contar con cajas de seguridad en buen estado y contratar un seguro que garantice la custodia de los valores depositados en ella.
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